Luego de varios meses de trabajo, y al menos 12 reuniones formales la comisión investigadora, aprobada y conformada por mayoría del Concejo Deliberante de El Hoyo, con la intención de dar luz legal y sanear alguna posible situación de sospecha e irregularidad en torno a la adjudicación de tierras fiscales a favor de un conocido abogado del valle chubutense, hace más de 15 años en la zona de El Pedregoso, sobre el cierre de esta edición se presentaba en sesión legislativa el informe final, que acusa graves defectos administrativos entorno al tema sugiriendo al Poder Ejecutivo adopte las herramientas administrativas y legales que el caso amerita.
Dicha comisión investigadora municipal, encabezada por ediles de la comunidad de El Hoyo, abocó su tarea a dilucidar si durante la adjudicación de las tierras en cuestión existió o existieron acciones y conductas irregulares de los funcionarios y agentes municipales actuantes en esa época.
Es en ese marco , que el informe y las conclusiones finales de la comisión investigadora , asegura que del análisis realizado surgen” a las claras detectados graves defectos en el procedimiento administrativo que ponen en tela de juicio la legalidad de la adjudicación de tierras al Dr. Enrique Alejandro Korn. En esta larga lista de vicios, se destacan, por ejemplo, la emisión de un Dictamen Jurídico con fecha anterior al ingreso de la solicitud efectuada por el Dr. Enrique Alejandro Korn en cuanto a la adjudicación de tierras. ¿Es posible que se emita un dictamen sobre un hecho, que a todas luces, y a la formalidad de cualquier expediente, aún no existió? Claramente la respuesta debe ser negativa. Las fechas lo dicen todo con meridiana claridad, ni siquiera puede argüirse que existió un error en la foliatura” asevera el dictamen.
Por otra parte califica como inconsistente que en su momento “ la inspección se haya efectuado sin presencia de testigos ni vecinos, y que el propio Inspector de Tierras confunda una solicitud de adjudicación, por cuanto ha de entenderse que el ocupante no es propietario, con una cesión de derechos sobre una concesión forestal, que, como su nombre lo indica, no es más que eso, una “concesión”, un simple derecho de explotación y uso, sujeto a condiciones impuestas por la Administración que no otorga derecho alguno”.
En igual sentido se cuestiona el pacto de un precio indeterminado de la tierra en cuestión; agregando a esto el informe que”A estas inconsistencias e irregularidades se las procura subsanar con una “compensación de deudas” entre la Municipalidad y Dr. Enrique Alejandro Korn, por causas y orígenes que no son claras ni avaladas jurídicamente. En tal sentido, cabe destacar que la compensación de deudas es un mecanismo inadecuado e incorrecto para admitir como medio de adquisición de tierras fiscales y que, atendiendo a las razones legales vigentes en defensa del interés público, es violatorio del derecho público provincial. Además, es violatorio del más elemental sentido común y respeto por las formalidades que deben guardar quienes actúan en la función pública”.
Así mismo a entender de la Comisión, en otra parte del informe se desprende de “ la investigación realizada, surge con meridiana claridad que la adjudicación practicada, más allá del precio vil o inexistente propuesto y no pagado (las 5 ha. de madera en pie), adolece de vicios tan esenciales como la falta de causa y la violación a la Constitución Provincial en su artículo 96, que tiene prevista la sanción de nulidad cuando se contraviene el procedimiento allí previsto para la enajenación de bienes de la Provincia o de los municipios, por lo que en el caso habrá de tener oportunamente que impulsarse por la vía judicial que corresponda, el retrotraimiento a la situación ex ante”.
Concluida la labor de la comisión investigadora legislativa, los ediles recomendaron al Departamento Ejecutivo Municipal, que “ adopte las medidas del caso, iniciando, con la premura que la cuestión impone, las actuaciones administrativas y/o judiciales que correspondan, a los efectos de deslindar las responsabilidades de los diversos funcionarios que intervinieron en la cadena de tramitación de la adjudicación investigada”.
Y que en igual sentido, se inicien las acciones judiciales del caso tendientes a la declaración de la nulidad absoluta e insanable por los señalados vicios esenciales y violación de expresos preceptos constitucionales, requiriendo en su caso el retrotraimiento a la situación preexistente, y asimismo las acciones que pudiesen corresponder en concepto de reparación de los daños irrigados a la Comuna de El Hoyo.
La otra parte
Es válido recordar que durante el tiempo que trabajo la comisión, quien acredita propiedad sobre las tierras en cuestión, a través de su representante Adán Nozijkoswki, planteo que dicha comisión investigadora desde su aprobación está viciada de nulidad además de comprometer a la Corporación Municipal con exposición a demandas judiciales. Al tiempo que deja en claro que no se opone a una investigación, pero si a una manipulación personal por parte de concejal Huisman a quien acusa de desviarse de los carriles normativos y de las facultades para el procedimiento.
Así mismo Nozijkoswki, puso en tela de juicio el voto y la intervención de la edil Silvia Larenas, considerando que “su voto está comprometido, es parcial y por tanto no
vale; y ni vale por aplicación de un simple principio básico de derecho que dice que no hay juez en la propia causa”. En ese marco hay que recordar que el titular de las tierras en cuestión, ya pasó por un litigio judicial contra una hermana de la concejal, con resolución a favor de Korn, quien acredita propiedad con los correspondientes títulos.
vale; y ni vale por aplicación de un simple principio básico de derecho que dice que no hay juez en la propia causa”. En ese marco hay que recordar que el titular de las tierras en cuestión, ya pasó por un litigio judicial contra una hermana de la concejal, con resolución a favor de Korn, quien acredita propiedad con los correspondientes títulos.
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