El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de Chubut, mediante carta documento al intendente Mario Breide de El Hoyo, hizo saber su expreso rechazo a nota Nº 317/11 por la cual ese municipio notifica la ordenanza Nº 044/2011, dejando abierta el Estado Provincial la reserva a interponer una acción de nulidad contra la misma por encontrarse viciada en su mérito.
El IPV se encargó de recordarle al intendente Breide el historial legal entorno a la adquisición de la Parcela 12 Chacra3, sector 3 circunscripción 1 de la localidad e El Hoyo (ordenanza 075/10), para ser destinada a la construcción de un plan de viviendas; y que dicha adquisición municipal fue financiada con un subsidio provincial, el mismo que él en carácter de intendente agradeciera mediante carta pública, publicada en un medio provincial.
Así mismo ese organismo provincial a través de la carta citada documento, intenta refrescas la memoria a las autoridades municipales recordándoles que una vez sancionada la ordenanza 075/10, el IPV comenzó con los tramites preparatorios para la concreción del complejo habitacional “Proyecto y construcción de 30 viviendas en la localidad de El Hoyo”, todo ello bajo expediente administrativo Nº 1629/10 SIPyS/ ipv, con fecha de inicio 30 de junio 2010. Fue así que se dio inicio a los tramites que permitirían realizan el correspondiente llamado a licitación de dicha obra pública. En ese marco se realizó el estudio de suelos, y una vez concluido se procedió al llamado a licitación pública Nº 35/11, publicado en boletín oficial y en medios gráficos regionales.
Finalmente el instituto Provincial de la vivienda y desarrollo urbano, aseveró que el municipio de El Hoyo se encontraba en pleno conocimiento del trámite.
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