La Cámara de Senadores de la Nación convirtió en
ley el proyecto sobre muerte digna que establece el derecho a aceptar o
rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, ante una
enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal.
La iniciativa fue debatida durante casi cuatro horas y
aprobada por unanimidad.
El proyecto modifica
la ley sobre Derechos del Paciente en su relación con los profesionales e
instituciones de la salud y establece el “derecho a aceptar o rechazar
determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin
expresión de causa, como así también revocar posteriormente su manifestación de
la voluntad”.
En el marco de esta potestad, el paciente que presente una
“enfermedad irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal”
tiene el “derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de
procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de
soporte vital”.
Asimismo, el proyecto aclara que
“ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las
disposiciones” de esta legislación “está sujeto a responsabilidad civil, penal
o administrativa”.
El presidente de la Comisión de
Salud del Senado, el radical José Cano, expresó que con la sanción de esta Ley
se está “atendiendo un reclamo social por la ausencia de legislación en esta
materia”, así como adecuando la legislación argentina a “varios tratados
internacionales”.
“Estamos garantizando derechos,
estamos recuperando el rol que debe tener en el arte de curar el equipo
médico”, explicó Cano para luego señalar como el principal objetivo de la norma
el de “respetar la autonomía de la voluntad del paciente”.
A su turno, el oficialista Aníbal
Fernández aclaró que la iniciativa “no es eutanasia porque eso significaría
acelerar la muerte del paciente”.
“Este es el derecho del paciente a
morir dignamente”, enfatizó Fernández, tras lo cual dijo que se estaba “en
presencia de un concepto que avalan todas las religiones” al mencionar la
encíclica Evangelium Vitae escrita por el papa Juan Pablo II en 1995 en la que
menciona que “se puede en conciencia renunciar a unos tratamientos que
procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia”.
El titular de la bancada radical,
el formoseño Luis Naidenoff, manifestó que este “proyecto que pone en valor
aquellos problemas cotidianos que tienen que ver con el dolor de miles de
ciudadanos en nuestro país”.
“Este proyecto se enmarca en el
respeto por la dignidad y por la autonomía de las personas en el contexto de la
libertad general”, sentenció.
El socialista Rubén Giustiniani
manifestó que el Senado votó una “ley que dignifica a este Congreso Nacional” y
que “la muerte digna está vinculada con los derechos individuales y
personalísimos”.
“Estamos dando una respuesta para
terminar con el sufrimiento de miles de familias que padecen la extensión
artificial de la vida de los pacientes”, expresó el senador santafesino.
Además, Giustiniani adelantó que la
ley apunta a “terminar con el encarnizamiento terapéutico motivado, muchas
veces, por intereses económicos”.
En cambio, la justicialista
disidente Sonia Escudero pidió modificar el proyecto en el articulado que
menciona el derecho del paciente a no ser alimentado ni hidratado, como uno de
los métodos de muerte digna.
“La eutanasia activa es cuando le
doy una inyección al paciente para terminar con su vida. La eutanasia pasiva es
cuando omito la alimentación. En este caso, estamos ante un caso de eutanasia
pasiva”, mencionó.
Para Escudero “no es muerte digna
quitarle a un paciente la alimentación y la hidratación”; y agregó que “si esta
ley necesita ser corregida con otra ley, no es una buena ley”.
En ese sentido, la oficialista
Liliana Fellner mencionó su “preocupación” de que “esta ley no sea una herramienta
válida y termine en la justicia” porque “hay contradicciones en la propia Ley”
y “no están previstos los comités de bioética”.
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