La Asamblea en Defensa del bosque y la tierra de Lago Puelo presentó un recurso de amparo ambiental colectivo, en relación a la venta de tierra fiscal en lote 41 de Cerro Radal. La iniciativa se suma a una serie de acciones tendientes a impulsar la derogación de ordenanza aprobada.
Un grupo de vecinos, nucleados en asamblea en defensa del bosque y la tierra de Lago Puelo, al no tener eco y respuesta favorable su reclamo ante las autoridades locales, acudieron a la justicia mediante la presentación de un recurso de amparo.
Mediante esta herramienta legal, los vecinos solicitan se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 67/2011 , y se articule como medida cautelar, una petición de “no innovar”, tendiente a requerir al Ejecutivo y al Concejo Deliberante de la Municipalidad de Lago Puelo, se abstenga de realizar cualquier tipo de actos que alteren y/o modifiquen el estado actual del Predio (Lote 41) y su bosque nativo, tanto en su titularidad, de bien público (fiscal), como en su manejo y/o explotación, en cualquier modalidad.
Los vecinos argumentan que el Lote 41 en el Ordenamiento Territorial (Ley XVII Nº 92) corresponde a Uso Sustentable del Bosque (Clase II), por lo que no puede hacerse un cambio de uso del suelo, garantizándose la persistencia del bosque nativo y cualquier emprendimiento turístico deberá contar con un Plan de Manejo o de Usos Múltiples aprobado por la Autoridad de Aplicación de la Ley 26331 (de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental).
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